BASES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN
“Experiencia Única de Compra”
EL CORTE INGLÉS S.A., con domicilio social en la calle Hermosilla 112, Madrid 28009, y con CIF A-28/017895 (en adelante “el ORGANIZADOR”), llevará a cabo una Promoción denominada “Experiencia Única de Compra” (en adelante, la “PROMOCIÓN”) y que se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases.
1.- Ámbito territorial y temporal de la Promoción.
1.1 La PROMOCIÓN se desarrollará dentro del territorio Español.
1.2. El PERÍODO DE PARTICIPACIÓN queda fijado desde las 10:00 horas (hora peninsular) del día 1 de mayo de 2026 hasta las 22:00 horas (hora peninsular) del día 31 de mayo de 2026.
1.3. Los centros comerciales de EL CORTE INGLÉS participantes en la PROMOCIÓN (en adelante, los “CENTROS COMERCIALES” o el “CENTRO COMERCIAL”, según proceda) se encuentran en la sección ANEXOS.
2.- Participación.
2.1. Estará legitimada para participar en la Promoción, cualquier persona física mayor de 18 años residente legal en España entendida como consumidor final (en lo sucesivo, el/los “participante/s” o “Usuario/s”), que cumpla con todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
2.2. Requisitos específicos de la PROMOCIÓN: (i) Ser Titulares o Autorizados de la Nueva Tarjeta El Corte Inglés (de uso universal) o de la Tarjeta de Compra El Corte Inglés (de uso privativo en los establecimientos del Grupo El Corte Inglés) que, en adelante, se denominarán, de forma conjunta e indistintamente, la “TARJETA”) durante el PERIODO DE PARTICIPACIÓN y hasta la entrega de los PREMIOS; y (ii) Adquirir bienes o servicios con la TARJETA, en el entorno privativo, en cualesquiera CENTROS COMERCIALES por un importe mínimo de diez Euros (10€) dentro del PERIODO DE PARTICIPACIÓN (en lo sucesivo, la “ TRANSACCIÓN” o las “TRANSACCIONES”, indistintamente). Solamente computarán los bienes o servicios puestos a disposición del cliente en el periodo de la participación.
EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de solicitar a los participantes un documento que acredite su edad y residencia legal.
2.2. Podrán participar en la promoción el personal empleado de EL CORTE INGLÉS S.A., del Grupo de Empresas EL CORTE INGLÉS S.A., de Financiera EL CORTE INGLÉS, E.F.C., S.A., así como de las empresas que participan en la PROMOCIÓN, incluidos sus familiares directos hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
2.3. En el supuesto de que resultara ganadora alguna de las personas excluidas de participación, ésta perderá su derecho a obtener el premio, procediéndose a entregar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válida de entre los suplentes designados.
3.- Gratuidad.
3.1. Esta Promoción es gratuita para el consumidor y no implica en sí misma un incremento del precio de los productos y/o servicios que participan en la promoción.
4. Mecánica de la Promoción.
4.1. A todos aquellos participantes que cumplan con los requisitos establecidos en el punto 2.1 se les asignarán participaciones según los siguientes criterios; (i) Una (1) participación por cada transacción con importe igual o superior a Diez Euros (10€) y menor a Cien Euros (100€); (ii) Dos (2) participaciones por cada transacción con importe igual o superior a Cien Euros (100€) y menor a Trescientos Euros (300€); (iii) Tres (3) participaciones por cada transacción con importe igual o superior a Trescientos Euros (300€).
4.2. Se efectuarán tantos sorteos como CENTROS COMERCIALES participan en la PROMOCIÓN (en adelante, los “SORTEOS”), imputándose las participaciones al CENTRO COMERCIAL en el que hayan sido generadas por los Participantes, tal y como se indica en los apartados siguientes.
El ORGANIZADOR, para cada CENTRO COMERCIAL, hará constar el referido código individual de identificación repetido tantas veces como derechos de participación haya obtenido cada PARTICIPANTE.A los efectos de la presente PROMOCIÓN, se entenderá por código individual de identificación el “CUC” (Código Único de Cliente) asignado internamente a cada PARTICIPANTE por parte de El Corte Inglés. Este código constituye un identificador único y permanente, que permitirá al ORGANIZADOR asociar de manera inequívoca todas las participaciones generadas por cada PARTICIPANTE conforme a los criterios establecidos en el punto 4.1.El ORGANIZADOR generará un archivo por cada CENTRO COMERCIAL en el que constarán perfectamente numerados e identificados todos los derechos de participación en los SORTEOS adquiridos por cada PARTICIPANTE según los criterios mencionados en el apartado anterior.
Dicho archivo será remitido al Notario encargado de realizar los SORTEOS y deberá contener la siguiente información:
- Código individual de identificación asignado a cada uno de los PARTICIPANTES.
- Número de participaciones a que cada PARTICIPANTE tenga derecho por CENTRO COMERCIAL.
- Código identificador de los CENTROS COMERCIALES.
4.3. Una vez finalizado el Periodo de Participación, se celebrarán sesenta y cinco (65) SORTEOS (uno por cada Centro Comercial) de un (1) Premio cada Sorteo, extrayéndose un (1) Ganador y cinco (5) Suplentes por cada Sorteo ante Notario a celebrar antes del día 18 de junio de 2026.
Adicionalmente, en la fecha de aceptación de los PREMIOS; los GANADORES deberán:
- Mantener su condición de ser Titulares o Autorizados de la Tarjeta en vigor, y
- Encontrarse al corriente de pago de todas sus obligaciones frente al ORGANIZADOR y no haber iniciado procedimiento judicial, arbitral o administrativo alguno contra el ORGANIZADOR
4.4. Ningún PARTICIPANTE podrá resultar GANADOR de más de un PREMIO. Si se diera tal circunstancia, automáticamente, el premio se asignará al siguiente SUPLENTE por orden de designación en el sorteo correspondiente.
4.5. Además, los Suplentes se utilizarán para el caso de identificación incompleta o incorrecta de los Ganadores, o por incumplimiento por los Ganadores de los requisitos exigidos en estas bases legales, imposibilidad de localización de los GANADORES o si, por cualquier causa, no sea posible la entrega del PREMIO a los GANADORES, o si los mismos lo rechazaran. A los suplentes se les aplicarán las mismas condiciones que a los GANADORES, salvo los plazos de comunicación y de aceptación descritos a continuación.
5. Premios y Fiscalidad.
5.1. El Premio consiste en sesenta y cinco (65) Experiencias de Compra Únicas valoradas en Mil Euros (1.000 (mil Euros) cada una (IVA incluido).
Los PREMIOS consistirán en una visita al CENTRO COMERCIAL que el ganador elija, para la adquisición de productos y/o contratación de servicios ofrecidos en dicho CENTRO COMERCIAL (salvo los indicados en el siguiente apartado), por PVP máximo conjunto de 1.000 Euros (IVA incluido). El Premio debe redimirse de forma presencial y en un mismo acto de compra.
Durante la visita al CENTRO COMERCIAL, el ganador estará siempre acompañado del personal del CENTRO COMERCIAL, que se encargará de gestionar las compras/servicios objeto del premio.
El ganador no recibirá física ni electrónicamente ningún medio de pago físico o electrónico, (incluyendo tarjetas regalo, cupones, vales de compra o similares) para la realización de las compras del PREMIO. El importe de las compras será abonado directamente por el ORGANIZADOR. El ganador recibirá los correspondientes tiques o justificantes de compra, conforme a la normativa aplicable.
Si el ganador desea adquirir bienes o servicios por un PVP superior a 1.000 Euros (IVA incluido), deberá abonar la diferencia. Por otra parte, si el PVP de los bienes o servicios adquiridos es inferior a 1.000 Euros (IVA incluido), no existirá derecho a compensación o reembolso por la diferencia.
Se permitirá la devolución de los bienes adquiridos, salvo que se trate de artículos de Supermercado o Tiendas del Gourmet, mediante Tarjeta Abono de El Corte Inglés, sin que, en ningún caso, se produzcan devoluciones en metálico ni de otra forma que no sea Tarjeta Abono de El Corte Inglés.
5.2. Los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios, están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Física.
En virtud de la normativa vigente*, cuando el valor del premio es superior a 300€, el organizador realizará en nombre del agraciado la retención o ingreso a cuenta correspondiente.
*Ley 35/2006 de 28 de Noviembre, Capítulo II, Sección 4ª en la que se regulan las Ganancias y Pérdidas Patrimoniales, y los artículos 74 a 76 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, en el que se regulan las Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta y los Obligados a practicarlas, concretamente el artículo 75.3.f) del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007.
En cumplimiento de la vigente normativa fiscal, el ORGANIZADOR expedirá la oportuna certificación que facilite al ganador el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido.
Al margen de lo anterior, el ORGANIZADOR no será responsable de las repercusiones fiscales que la aceptación del PREMIO pudiera tener en la fiscalidad del GANADOR que serán, en todo caso, por cuenta de éste.
Para poder ser entregado el premio por parte del ORGANIZADOR, previamente deberá firmar el ganador una carta de aceptación del premio, autorizando al ORGANIZADOR a efectuar en su nombre la correspondiente retención e ingreso a cuenta a que les obligan las disposiciones legales vigentes.
6.- Comunicación del ganador.
6.1 EL ORGANIZADOR comunicará a los GANADORES en el plazo de cinco (5) días naturales siguientes a la realización de los SORTEOS, su condición de GANADORES informándoles que la aceptación del PREMIO implica la aceptación de las presentes bases.
La comunicación se realizará vía correo electrónico y/o telefónica a la dirección o datos de contacto que los GANADORES tengan asociada su TARJETA en el momento de efectuar dicha comunicación. El ORGANIZADOR no será responsable de que los GANADORES (o, en su caso, los SUPLENTES) hayan modificado su dirección de correo electrónico sin comunicárselo o si, por cualquier otra causa, no resulten localizables. Por lo tanto, el Usuario deberá garantizar la disponibilidad de esta vía de comunicación. A este respecto, no podrán justificar su ausencia de respuesta en la falta de acceso a su cuenta de correo electrónico. Tampoco podrán oponer la falta de recepción del correo electrónico, cuando al remitente del correo electrónico le conste que ha sido enviado adecuadamente con acuse de entrega del mismo.
6.2 En la referida comunicación se le informará al GANADOR de la documentación e información que deberá entregar obligatoriamente para canjear el PREMIO. En concreto: copia del documento oficial de identidad en vigor, o NIE, documento de aceptación del PREMIO, fecha deseada para el disfrute del PREMIO, y cualquier otra documentación que pudiese ser necesaria para la comprobación del cumplimiento de las presentes bases.
6.3. Los GANADORES deberán remitir la mencionada documentación al ORGANIZADOR por correo electrónico, en el plazo máximo de cinco (5) días naturales desde la recepción de la citada comunicación, a la dirección, a la dirección de contacto que se les facilite expresamente en dicha comunicación a estos efectos.
La remisión de la documentación a una dirección distinta o por un medio no indicado en la comunicación se considerará no válida a los efectos de acreditar la aceptación del PREMIO, quedando el ORGANIZADOR facultado para designar al correspondiente SUPLENTE en caso de incumplimiento del plazo o del procedimiento establecido.
6.4. El periodo de disfrute de los PREMIOS será entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive. El día concreto será confirmado posteriormente por el ORGANIZADOR en función de la disponibilidad del personal del CENTRO COMERCIAL que acompañará al GANADOR durante la visita al CENTRO COMERCIAL y gestionará las compras/servicios.
6.5. En el caso de que los GANADORES no contesten a la comunicación, o no acepten el PREMIO en el plazo anteriormente indicado, el ORGANIZADOR se dirigirá a los SUPLENTES por orden de sorteo, y así sucesivamente hasta que pueda realizarse de manera efectiva la localización de los GANADORES y la entrega de los PREMIOS a los mismos. Se perderá la condición de GANADOR o SUPLENTE en el caso de que se incurra en alguno de los siguientes supuestos: (i) Imposibilidad de contactar a través del correo electrónico o teléfono asociado a su TARJETA al tiempo de efectuar la comunicación, (ii) Incumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases legales; (iii) No suscripción del documento de aceptación del PREMIO y envío del mismo en el plazo anteriormente establecido; (iv) Renuncia al PREMIO; (v) Estar incurso en alguna de las causas que imposibilitan la participación en la PROMOCIÓN; (vi) Cualquier otra circunstancia de pérdida de la condición de GANADOR o SUPLENTE establecida en las presentes bases legales.
6.6. Tras recibir la documentación por parte del GANADOR, el ORGANIZADOR facilitará al GANADOR los datos de contacto necesarios a El Corte Inglés, S.A. para gestionar el disfrute del PREMIO.
6.7. La aceptación del premio deberá ser pura y simple, por escrito y en las condiciones y forma en las presentes bases establecidas. Toda actuación o comunicación de renuncia al premio por parte del ganador no le dará ningún derecho de indemnización o compensación.
6.8. Los GANADORES podrán renunciar al PREMIO, pero en ningún caso podrán canjearlo por otro distinto ni por su importe en metálico. Queda terminantemente prohibida a los GANADORES la venta del PREMIO a terceros.
6.9. Si en el plazo establecido en el apartado 6.1. no se hubiera podido contactar con el ganador o, en su caso, con el suplente correspondiente, el premio podrá declararse desierto y por tanto en manos del ORGANIZADOR.
6.10. Aceptado el Premio de conformidad con lo anterior, el ORGANIZADOR se pondrá en contacto con el ganador en el plazo de 72 horas a contar desde la fecha de la recepción de la comunicación de la aceptación expresa con el objeto de informarle de los pasos a seguir para la entrega del premio conforme al apartado 6.4.
7.- Reservas y limitaciones.
7.1. El ORGANIZADOR queda exonerado de toda responsabilidad en caso de existir algún error en los datos facilitados por los propios participantes que impidieran su identificación.
7.2. Se entenderá, a título enunciativo, pero no limitativo, que se produce abuso o fraude, cuando un GANADOR utilice una identidad falsa o identidades de terceros sin su consentimiento o si vende el PREMIO a terceros
7.3. El ORGANIZADOR en ningún caso será responsable por los daños y perjuicios directa o indirectamente resultantes de cualquier fallo, problema, acción u omisión por parte de terceros ajenos al ORGANIZADOR.
7.4. La indicación de los datos personales del GANADOR tendrá carácter obligatorio para la gestión del disfrute de los bienes y servicios en los que consiste el PREMIO por parte de El Corte Inglés. Cualquier comunicación falsa de datos personales dará derecho al ORGANIZADOR de la presente PROMOCIÓN a descalificar al GANADOR y poder disponer del correspondiente PREMIO.
7.5. Quedan excluidas del cómputo de las transacciones (i) las compras de bienes o servicios fuera de los CENTROS COMERCIALES; (ii) las compras realizadas a través del canal online; (iii) las compras de bienes o servicios no puestas aún a disposición del participante (venta en proceso) durante el PERIODO DE PARTICIPACIÓN, así como las mercancías o servicios que posteriormente hayan sido devueltos total o parcialmente.
7.6. Quedan excluidos de la PROMOCIÓN los productos y servicios de Seguros El Corte Inglés y Viajes El Corte Inglés, las tarjetas regalo, las retiradas de efectivo, los servicios técnicos de informática y servicios de instalación y confección para hogar, descargas digitales, tabaco, cualesquiera productos o servicios no comercializados por El Corte Inglés, y todos los operadores externos de El Corte Inglés
7.7. Quedan excluidos cualesquiera gastos en los que pudiera incurrir el ganador ajenos al disfrute del PREMIO tales como, sin carácter limitativo, gastos de desplazamiento al CENTRO COMERCIAL elegido.
7.8. El PREMIO será personal e intransferible para su disfrute por los propios GANADORES, sin posibilidad de canje o indemnización sustitutoria de ningún tipo. La imposibilidad de disfrute del PREMIO por motivo de enfermedad, baja médica o cualquier otra directamente imputable al GANADOR no dará lugar a compensación alguna.
7.9. En ningún caso se admitirá la cancelación de servicios ya disfrutados.
7.10. La adjudicación del Premio es personal e intransferible.
7.11. El ORGANIZADOR no se responsabiliza de posibles pérdidas, deterioros, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que pudieran afectar a la participación en la presente PROMOCIÓN.
7.12. El ORGANIZADOR no se responsabiliza de posibles contenidos inapropiados u ofensivos, que los usuarios por su cuenta y riesgo pudieran haber efectuado en cualquier soporte de la Promoción.
7.13. La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante la PROMOCIÓN supondrá́ la descalificación automática y la prohibición de participar en el concurso así́ como la pérdida del premio si se le hubiere otorgado en su caso. Para poder recibir el premio, el agraciado, o en su caso los reservas de tener que recurrirse a ellos, deberán reunir la totalidad de los requisitos establecidos en las presentes Bases, particularmente habrán de acreditar su mayoría de edad y residencia legal.
7.14. EL ORGANIZADOR informa que no realiza comprobaciones sobre la veracidad de los datos, por lo que se atenderá́, en cada caso, a los datos introducidos por participante, sean veraces o no, y no responderá́ de las consecuencias de dichas falsedades o inexactitudes.
7.15. El ORGANIZADOR se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin de la PROMOCIÓN cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la forma en que recogen las presentes bases.
8.-Autorización para el uso de la Imagen.
8.1. Mediante su participación en la Promoción los Participantes manifiestan: (i) aceptar las presentes Bases; (ii) reunir todos los requisitos necesarios a los efectos aquí previstos; (iii) que la información y/o los datos facilitados en el marco de la Promoción son veraces y exactos; (iv) ser titulares de todos los derechos (incluyendo, sin limitación alguna, los derechos de propiedad intelectual o industrial, al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen o de cualquier otra naturaleza) y/o contar con todas las autorizaciones y licencias necesarias por escrito, conforme a lo establecido en estas Bases.
8.2. Al aceptar el premio, el participante ganador autoriza necesariamente al ORGANIZADOR para publicar a través del medio de comunicación que el ORGANIZADOR –sin carácter limitativo– considere, sus datos personales incluida la imagen con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quién ha sido la persona ganadora, sin que esta circunstancia confiera derecho de remuneración o beneficio alguno, con excepción hecha de la entrega del premio ganado conforme a estas bases.
9.- Protección de datos.
9.1. Los datos de los participantes en la PROMOCIÓN se tratarán conforme a las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril de 2016 y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales.
9.2. Responsable: Los datos facilitados al participar en la Promoción serán tratados por EL CORTE INGLÉS, S.A.
9.3. Finalidad: La finalidad del tratamiento es la participación en la Promoción y la realización, el control, seguimiento y gestión de la misma.
Los PARTICIPANTES declaran y garantizan que todos los datos de carácter personal asociados a su TARJETA, así como aquellos que facilite al ORGANIZADOR son veraces y se corresponden a su identidad.
9.4. Plazos de retención: Los datos personales recabados en relación con la Promoción se tratarán mientras dure la misma. Una vez finalizada dicha Promoción, los datos personales serán debidamente bloqueados durante el periodo de tiempo en el que puedan derivarse responsabilidades (por ejemplo, 6 años por el Código de Comercio) y después serán finalmente suprimidos. 9.5. Legitimación: La legitimación para el tratamiento de sus datos personales vinculados a la Promoción es la ejecución de la relación jurídica derivada de la aceptación de las presentes bases legales.
9.6. Destinatarios: No se cederán datos a terceros salvo requerimiento de terceros tales como organismos públicos, Agencia Tributaria, Jueces y Tribunales, en cumplimiento de la normativa aplicable.
9.7. Derechos: EL PARTICIPANTE podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión limitación, portabilidad y oposición sobre sus datos frente al ORGANIZADOR. Para ello podrá dirigirse al Delegado de Protección de Datos mediante correo electrónico dirigido a la dirección: delegado.protecciondatos@elcorteingles.es.
Asimismo, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es). El PARTICIPANTE deberá comunicar cualquier modificación en sus datos con el fin de mantenerlos actualizados.
10. Modificaciones y/o anexos.
10.1. EL ORGANIZADOR de esta promoción, se reserva el derecho de efectuar cambios que redunden en el buen fin de la Promoción, modificar, ampliar e introducir anexos referidos a las condiciones de la presente promoción en cualquier momento e incluso su posible anulación, cancelación o suspensión, antes de la fecha de cierre de la campaña, comprometiéndose a notificar con suficiente antelación las nuevas bases, condiciones o en su caso la anulación definitiva.
11.- Reserva de derechos.
11.1. La participación en la promoción supone la aceptación expresa y sin reservas de las presentes bases.
11.2. El incumplimiento de cualquiera de estas bases por parte de los PARTICIPANTES, determinará su inmediata descalificación para la participación de la PROMOCIÓN.
12.- Aceptación de bases.
12.1. Las presentes Bases de la Promoción se rigen por la Legislación española.
12.2. Todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación de estas Bases será́ resuelta por los Juzgados y Tribunales de Madrid a la que se someten las partes, con renuncia a cualquier otro que les pudiera corresponder a los PARTICIPANTES.
ANEXO I.- Centros Comerciales participantes
|
Código 4d |
Denominación Centro |
Dirección |
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0003 |
C.C. GOYA |
C/ Goya, 76 , 28009 |
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0006 |
C.C. CASTELLANA |
C/ Raimundo Fdez. Villaverde, 65, 28003 |
|
0001 |
C.C. PRECIADOS |
C/ Preciados, 3, 28013 |
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0037 |
C.C. SANCHINARRO |
C/ Margarita de Parma, 1, 28050 |
|
0696 |
C.C. POZUELO |
Ctra. Nacional VI, KM 12.5, 28224 |
|
0607 |
C.C. SAN JOSÉ DE VALDERAS |
Ctra. Nacional V, KM 12500, 28925 |
|
0010 |
C.C. PRINCESA |
C/ Princesa, 56, 28008 |
|
0440 |
C.C. ALCALÁ DE HENARES |
Av. Juan Carlos I, S/N, 28802 |
|
0810 |
C.C. EL BERCIAL |
Av, del Comandante José Manuel Ripollés, 2, 28905 |
|
0489 |
C.C. CAMPO DE LAS NACIONES |
Av. De los Andes, 50, 28042 |
|
0007 |
C.C. DIAGONAL |
Av. Diagonal, 617, 08028 |
|
0002 |
C.C. PL. CATALUNYA |
Pza. Catalunya, 14, 08002 |
|
0021 |
C.C. SABADELL |
Av. Francesc Macià, 58, 08206 |
|
0994 |
C.C. CORNELLÁ |
C/ Salvador Dalí, 15-19, 08940 |
|
0974 |
C.C. CAN DRAGÓ |
Paseo de Andreu Nin, 51, 08016 |
|
0008 |
C.C. PINTOR SOROLLA |
C/ Pintor Sorolla, 26, 46002 |
|
0015 |
C.C. NUEVO CENTRO |
C/ Menéndez Pidal, 15, 46009 |
|
0036 |
C.C. AVDA. DE FRANCIA |
C/ Pintor Maella, 37, 46023 |
|
0017 |
C.C. NERVIÓN |
C/ Luis Montoto, 122, 41005 |
|
0026 |
C.C. S. JUAN DE AZNALFARACHE |
Camino de las Erillas, S/N, 41920 |
|
0004 |
C.C. PLAZA DEL DUQUE |
Pza. Duque de la Victoria, 7, 41002 |
|
0697 |
C.C. COSTA MARBELLA |
C/ Ramón Areces S/N, Puerto Banús, 29660 |
|
0013 |
C.C. MÁLAGA |
Av. Andalucia, 4, 29007 |
|
0969 |
C.C. BAHÍA MÁLAGA |
C/ Hamlet, 2, 29006 |
|
0983 |
C.C. COSTA MIJAS |
C/ Campanares, S/N, 29650 |
|
0009 |
C.C. MURCIA |
Av. Libertad 1, 30009 |
|
0647 |
C.C. GIJÓN |
C/ Ramón Areces, 2, 33213 |
|
0033 |
C.C. AVILÉS ECI |
Crta. Finca de La Tejera, 33400 |
|
0942 |
C.C. SALESAS |
General Elorza, 75, 33002 |
|
0014 |
C.C. ZARAGOZA (SAGASTA) |
Paseo de Sagasta, 3, 50008 |
|
0481 |
C.C. PUERTO VENECIA |
Av. Isla de Murano,15, 50021 |
|
0020 |
C.C. ALICANTE |
Av. Maissonave, 53, 03003 |
|
0813 |
C.C.CIUDAD DE ELCHE |
Av. Del Alcalde Ramón Pastor, 2, 03293 |
|
0012 |
C.C. LAS PALMAS |
Av. José Mesa y López, 13, 35007 |
|
0912 |
C.C.SIETE PALMAS |
Av. Pintor Felo Monzon, 46, 35019 |
|
0948 |
C.C.BAHÍA DE CÁDIZ |
Av. De las Cortes de Cádiz, 1, 11011 |
|
0370 |
C.C. JEREZ |
Av. Andalucia, 34, 11407 |
|
0698 |
C.C. BAHÍA DE ALGECIRAS |
Paseo Juan Pérez Arriete, S/N, 11204 |
|
0005 |
C.C. BILBAO |
C/ Gran Vía, 7, 48001 |
|
0018 |
C.C. A CORUÑA |
C/ Ramón y Cajal, S/N, 15006 |
|
0683 |
C.C. COMPOSTELA |
Rua de Restellal, 50, 15702 |
|
0913 |
C.C. VITORIA |
Pza. Nuestra Señora de los Desamparados, 3, 01004 |
|
0864 |
C.C. ALBACETE II |
Av. De España, 30-32, 02002 |
|
0677 |
C.C. EL EJIDO |
Paseo Pedro Ponce S/N, 04700 |
|
0097 |
C.C. CONQUISTADORES |
Pza. de los Conquistadores, S/N, 06005 |
|
0376 |
C.C. PARQUE BURGOS |
Ctra. Madrid-Irun, KM 236, 09001 |
|
0970 |
C.C. CASTELLÓN |
Paseo Morella, 1, 12006 |
|
0911 |
C.C. CÓRDOBA |
Ronda de los Tejares, 32, 14008 |
|
0499 |
C.C. RONDA DE CÓRDOBA |
Ctra. Sta. María de Trassierra c/v Rda. Poniente-Córdoba, 14011 |
|
0378 |
C.C. GIROCENTRE |
Ctra. Barcelona, 106-110, 17001 |
|
0915 |
C.C. GENIL |
Carrera de La Virgen, 20-22, 18005 |
|
0251 |
C.C. ARABIAL |
C/ Arabial, 97, 18004 |
|
0380 |
C.C. COSTA LUZ |
Av. Alcalde Federico Molina, 1A, 21003 |
|
0814 |
C.C. JAÉN II |
Av. de Madrid, 31, 23008 |
|
0022 |
C.C. LEÓN |
C/ Fray Luis de León, 21, 24005 |
|
0975 |
C.C. PAMPLONA |
C/ Estella, 9, 31002 |
|
0023 |
C.C. AVENIDAS |
Av. D'Alexandre Rosello, 12, 07002 |
|
0011 |
C.C. VIGO |
C/ Gran Vía, 25, 36204 |
|
0695 |
C.C. SALAMANCA |
C/ María Auxiliadora, 71-85, 37004 |
|
0995 |
C.C. BAHÍA DE SANTANDER |
Nueva Montaña, S/N, 39011 |
|
0900 |
C.C. TARRAGONA |
Rambla del President Lluis Companys, 7, 43005 |
|
0098 |
C.C. TRES DE MAYO |
Av. Tres de Mayo, S/N, 38003 |
|
0989 |
C.C. TALAVERA |
Av. Toledo, 1, 45600 |
|
0019 |
C.C. VALLADOLID (ZORRILLA) |
Paseo Zorilla, 130, 47006 |
|
0029 |
C.C. CARTAGENA |
C/ Alameda de San Antón, 52, 30205 |
.